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21 de junio de 2010

Resolución del DRAWBACK

Mediante el Decreto Supremo Nº 311-2009-EF, publicada el 30 de diciembre de 2009, se ha aprobado el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2010 por el monto ascendente a Tres Mil Seiscientos Nuevos Soles (S/ 3,600.00).

TASA DE DRAWBACK HASTA EL 30/06/2010

Mediante Decreto Supremo 288-2009-EF, publicado el 08 de diciembre de 2009 se ha prorrogado la aplicación de la tasa de 8% para la determinación de la restitución de derechos arancelarios (drawback) hasta el 30 de junio de 2010. Al respecto, cabe recordar que antes de la prórroga dicha tasa de 8% sólo iba a ser aplicable hasta el 31 de diciembre de 2009.

Asimismo, dicho dispositivo legal ha señalado que la tasa de restitución será de 6.5% desde el 01 de julio de 2010 hasta el 31 de diciembre de dicho año, luego de lo cual volverá a la tasa de 5%. Es decir, a partir del 01 de enero de 2011 la tasa de restitución volverá a ser de 5%.


TASA DE INTERÉS APLICABLE A LAS DEVOLUCIONES EN MONEDA NACIONAL, EXTRANJERA Y A LAS RETENCIONES Y/O PERCEPCIONES NO APLICADAS AL IGV

Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 289-2009/SUNAT publicada el 31.12.2009 se fijan las siguientes tasas de interés aplicables para el Ejercicio 2010:

Tasa de Interés aplicable a las devoluciones en moneda nacional:

Se fija en cincuenta céntimos por ciento (0.50 %) mensual, la tasa de interés a que se refiere el inciso b) del artículo 38º del TUO del Código Tributario aplicable a las devoluciones en moneda nacional que se efectúen por pagos realizados indebidamente o en exceso.

Tasa de Interés aplicable a la devoluciones en moneda extranjera:

Se fija en treinta céntimos por ciento (0.30 %) mensual, la tasa de interés a que se refiere el inciso b) de la Primera Disposición Transitoria del Decreto Legislativo Nº 953 aplicable a las devoluciones en moneda extranjera que se efectúen por pagos realizados indebidamente o en exceso.

Tasa de Interés aplicable a las devoluciones por retenciones y/o percepciones no aplicadas del IGV

La tasa de interés para las devoluciones en moneda nacional que se efectúen por las retenciones y/o percepciones no aplicadas del Impuesto General a las Ventas será la TIM a que se refiere el artículo 33º del TUO del Código Tributario.

CRONOGRAMA PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DEL año 2010

Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 276-2009/SUNAT, publicada el 29 de diciembre de 2009, se ha establecido el cronograma para el cumplimiento de obligaciones tributarias mensuales correspondientes ejercicio 2010 (cronograma de pago 2010).

Entre los cronogramas de obligaciones más importantes de la presente resolución se encuentran los siguientes:

1. Cronograma de declaración y pago de tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales, tributos retenidos o percibidos, de acuerdo con el Anexo 1 que forma parte de la presente resolución. El referido Anexo 1 se encuentra publicado en la página web de la Sunat.

2. Cronograma para los Buenos Contribuyentes y las Unidades ejecutoras del Sector Público- UESP. Dichos entes cumplirán sus obligaciones tributarias hasta las fechas previstas en las dos últimas columnas del Anexo 1 de la presente resolución.

3. Cronograma para la declaración y pago del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF).

Declaración:

Los agentes de retención o percepción, según sea el caso, y los contribuyentes del ITF deberán presentar la declaración jurada de las operaciones en las que hubieran intervenido, realizadas en cada período tributario, de acuerdo al cronograma para la declaración y pago de los tributos de periodicidad mensual señalados en el punto 1.

Del Pago:

Se aprueba el cronograma para el pago del ITF correspondiente al año 2010 contenido en el Anexo 2 que forma parte de la presente resolución.

De la declaración y pago a que se refiere el inciso g) del artículo 9º del TUO de la Ley Nº 28194:

Este tipo de operaciones relacionadas con la declaración y pago de la doble alícuota del ITF, se realizará en la misma oportunidad de la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable en el cual se realizaron dichas operaciones.

APRUEBAN LINEAMIENTO PARA LA FISCALIZACIÓN POSTERIOR ALEATORIA DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PREVISTOS EN EL TUPA DE LA SUNAT

Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 280-2009/SUNAT, publicada el 30 de diciembre de 2009 se aprueba los lineamientos para la fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos previstos en el TUPA de la SUNAT.

Conforme al artículo 32º de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Por la fiscalización posterior, la entidad ante la que se realiza un procedimiento de aprobación automática o evaluación previa, queda obligada a verificar de oficio, mediante el sistema de muestreo, la autenticidad de las declaraciones, documentos, informaciones y traducciones proporcionadas por los administrados.

Finalmente, se establece que la presente Resolución y sus anexos serán publicados en el portal de la SUNAT: www.sunat.gob.pe .

12 de junio de 2010

Préstamos

He aquí algunas consideraciones con respecto a los préstamos bancarios sobre todo orientados a las mypes (considerando cajas municipales, edpymes, bancos de primer y segundo piso, etc.):

SISTEMA FINANCIERO NO BANCARIO

CAJAS MUNICIPALES

Las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC) son entidades de intermediación financiera que atienden preferentemente el crédito a micros y pequeñas empresas. Este sistema tiene 19 años de creación y se encuentran supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), reguladas por las normas del Banco Central de Reserva (BCR).

Proceso de aprobación

(aproximadamente 2 días)

Captación.
Captación de clientes a través de la fuerza de ventas o atención directa al público.

Acreditación.
El cliente acredita la existencia del negocio propio.

Documentación.
Presentación de documentación exigida.

Exposición.

Exposición del caso del cliente ante el área de desembolso.

Evaluación.
Evaluación del crédito: aprobación o desaprobación.

Desembolso.

En caso el crédito sea aprobado se procede al desembolso.

Este financiamiento se encuentra disponible tanto para personas naturales como jurídicas. Por otro lado, el crédito es otorgado tanto en Nuevos Soles como en dólares.

Tabla resumen de la oferta de créditos de Cajas Municipales


Caja Municipal
de Lima
Caja Municipal
de Piura
Caja Municipal
de Arequipa
Tasas Soles Desde 3.5 % Desde 3.95% Desde 4.99% hasta 3.8%
Tasas Dolares Desde 2.0% Desde 2.5 % Desde 2.65% hasta 2.20%
Monto Préstamo Desde S/. 3.000
Hasta S/. 153.000
Hasta $20.000 Hasta $20.000
Plazos 24 meses 12 meses no disponible
Garantías Tener local o casa propia de lo contraio se pide aval. Hasta S/. 20.000 se solicitan garantías blandas (electrodomésticos, etc...) No disponible

EDPYMES

Las Edpymes surgieron para promover la conversión de Organizaciones no Gubernamentales – ONG- en entidades reguladas. Las Edpymes se diferencian de las cajas rurales, fundamentalmente, en que no pueden captar depósitos a la vista desde un inicio.

Las Edpymes, a pesar de ser quienes poseen la menor participación en los activos de las Instituciones Microfinancieras no Bancarias (IMFNB), se encuentran en segundo lugar en cuanto a participación en el patrimonio (26,2%). Así, las EDPYME son quienes poseen un mayor fondeo a través de capital propio respecto al resto de IMFNB.

Proceso de aprobación

(aproximadamente 2 días)

Captación.
Captación de clientes a través de la fuerza de ventas o el cliente solicita información acercándose a las ventanillas de las agencias.

Información.
Sectorista o analista de créditos identifica sus necesidades y solicita información entregando lista de requisitos.

Revisión.
Cliente entrega información requerida con copia de documentos a sectorista. Revisión de la información proporcionada por medio de visitas tanto al local comercial como al domicilio, evaluación de capacidad y voluntad de pago del cliente a través de la revisión de los Estados Financieros y Gastos Familiares; así como la verificación de la situación crediticia en Infocorp y SBS.

Exposición.
Preparación del informe y exposición del caso ante el comité de crédito y determinan factibilidad de crédito.

Resultados.
Comité de crédito entrega el resultado en el File al sectorista para su ingreso en el sistema. Sectorista comunica al cliente resultado y si es positivo hace el desembolso del crédito.

Asesoría.
Sectorista asesora al cliente en caso éste lo requiera para su inversión y se encarga de verificar la correcta colocación del fondo solicitado.
Tabla resumen de la oferta de créditos de Edpymes

Este financiamiento se encuentra disponible tanto para personas naturales como jurídicas. Por otro lado, el crédito es otorgado tanto en Nuevos Soles como en dólares.

Tabla resumen de la oferta de créditos de Edpymes


EDYFICAR
PROEMPRESA
RAIZ CAPITAL
CREDIVISION
Tasas Soles Desde 3.5 % Desde 3.95% Desde 4.99% hasta 3.8% Desde 4.99% hasta 3.8%
Tasas Dolares Desde 2.0% Desde 2.5 % Desde 2.65% hasta 2.20% Desde 2.65% hasta 2.20%
Monto Préstamo Desde S/. 3.000
Hasta S/. 153.000
Hasta $20.000 Hasta $20.000 Hasta $20.000
Plazos 24 meses 12 meses no disponible no disponible
Garantías Tener local o casa propia de lo contraio se pide aval. Hasta S/. 20.000 se solicitan garantías blandas (electrodomésticos, etc...) No disponible No disponible

1 de agosto de 2009

America: Freedom to Fascism

A continuación les paso un vídeo en donde se habla de la inconstucionalidad de los impuestos en E.E.U.U.: